Uzbekistan

El límite de mandatos del fiscal general es de 2.

Se anunció el proyecto de ley «Sobre las enmiendas y adiciones a algunos documentos legales en relación con el fortalecimiento de las garantías constitucionales para las actividades de los órganos judiciales y fiscales».

El proyecto de ley introduce los siguientes cambios y adiciones:

1) a la Ley «Sobre la fiscalía»:

– se determina que la misma persona no puede ocupar el cargo de fiscal general de Uzbekistán por más de dos mandatos;
– el fiscal general de Uzbekistán es nombrado y destituido por el presidente de Uzbekistán tras la aprobación del Senado Oliy Majlis;
– se aclara el ámbito de aplicación del derecho de iniciativa legislativa del Fiscal General de Uzbekistán y se limita a las cuestiones incluidas en sus competencias;

2) a la ley «Sobre el Consejo Supremo de Jueces de Uzbekistán»:

– la composición del Consejo Supremo de Jueces de Uzbekistán, incluido el presidente, el vicepresidente del consejo, sus miembros y el secretario, son elegidos por el Senado de Oliy Majlis por recomendación del Presidente de Uzbekistán, además, se está reforzando que la misma persona no puede ser elegida como presidente, vicepresidente del Consejo Supremo de Jueces de Uzbekistán por más de dos mandatos consecutivos;

3) a la Ley «Sobre los Tribunales»:

– la determinación de la justicia se llevará a cabo únicamente por los tribunales;
– se está creando el terreno para la aplicación de las normas de la Constitución como documento de aplicación directa, con la determinación de que la justicia debe ejercerse con estricto apego a las leyes, en primer lugar, a la Constitución;
– se fortalecen las garantías del poder judicial, se establece que los jueces no son responsables de determinadas causas, deben acatar únicamente la Constitución y la ley, la reorganización o liquidación del tribunal no puede servir de base para la terminación prematura de las facultades del juez (destitución del juez);
– los documentos judiciales legalmente vinculantes se determinan no solo para todos los organismos, empresas, instituciones y organizaciones estatales, funcionarios, ciudadanos, sino también para las instituciones de la sociedad civil;
– se aclara el alcance del ejercicio del derecho de iniciativa legislativa del Tribunal Supremo y se limita a las materias comprendidas en sus atribuciones;
– se decide que la financiación de los tribunales se realizará con cargo al presupuesto del Estado de manera que se asegure la posibilidad de una aplicación plena e independiente de la justicia;
– se fortalece el derecho de las personas a apelar ante los tribunales contra decisiones, acciones e inacciones ilegales no solo de los órganos estatales, sino también de otras organizaciones;
– se están determinando las reglas relativas a la posterior determinación de la presunción de inocencia y la institución del «habeas corpus».

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Esta noticia fue tomada de esta fuente y eescrita por inteligencia artificial..

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