Nuevo requisito: Pagos de alquiler solo mediante el banco – BRTK
El Ministerio de Hacienda ha anunciado que a partir del 1 de enero de 2025 será obligatorio realizar todos los cobros y pagos a través del banco para alquileres de lugares de trabajo y residenciales.
Según el comunicado emitido por el Ministerio de Hacienda, el «Reglamento sobre la Obligación de Cobros y Pagos por Operaciones de Alquiler de Lugares de Trabajo y Vivienda a Través de Bancos» fue publicado en el Diario Oficial el 14 de noviembre de 2024 y entrará en vigor el 1 de enero de 2025. En el marco de este reglamento, tanto las personas sujetas al impuesto como aquellas sin historial de responsabilidad deberán realizar el cobro y pago del alquiler a través del banco.
Además, se requerirá documentación para los cobros y pagos realizados en alquileres residenciales de corto plazo, como semanales, diarios o similares.
Todos los pagos y cobros se realizarán a través de instrumentos bancarios como depósitos, transferencias de dinero, EFT/EÖS, cheques, tarjetas de débito y tarjetas de crédito, siendo estos documentos aceptados como prueba documental.
Asimismo, aquellos que realicen pagos en efectivo serán multados, tanto inquilinos que paguen en persona como propietarios que acepten pagos en efectivo. Sin embargo, si se reporta automáticamente la situación a la Oficina de Ingresos e Impuestos dentro de los cinco días hábiles siguientes al pago, no se impondrá ninguna penalidad a favor del inquilino que realizó el pago.
Con esta medida, se busca garantizar mayor transparencia y trazabilidad en las transacciones de alquiler, evitando la evasión fiscal y promoviendo el uso de medios electrónicos de pago.